10 marzo 2022

ONUSIDA Venezuela apoya la demanda de nulidad contra el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar

ONUSIDA Venezuela apoya la admisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Defensoría del Pueblo de la demanda de nulidad interpuesta por la Asociación Civil Venezuela Igualitaria contra el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, el cual considera como un delito las relaciones entre personas del mismo sexo dentro de la Fuerza Armada venezolana.   

Artículo 565.  

“El oficial que cometa actos que lo afrenten o rebajen su dignidad o que permita tales actos, sin tratar de impedirlo por los medios autorizados por la Ley, será penado con prisión de uno a tres años y separación de las Fuerzas Armadas. La misma pena se aplicará a todo militar que cometa actos sexuales contra natura” 

No puede una norma o ley nacional colidir con los Principios Fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En el marco del Día de la Cero Discriminación a conmemorarse cada 1 de marzo, y bajo el tema del 2022 “Eliminemos las leyes que perjudican, creemos leyes que empoderan”, ONUSIDA destaca la necesidad de tomar acciones inmediatas contra las leyes que generan un trato diferente entre las personas, las excluyen de servicios esenciales o las hacen vulnerables a restricciones indebidas sobre cómo viven sus vidas, simplemente por quiénes son, qué hacen o a quién aman. 

Los estados tienen la obligación moral y legal de eliminar las leyes discriminatorias y promulgar leyes que protejan a las personas de la discriminación,y reconozcan el ejercicio y goce de sus derechos humanos en condiciones de igualdad y libertades fundamentales. 

Tomado: Onusida Venezuela.

 



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